RATIFICAN LA CONDENA AL EX INTENDENTE GUARAZ POR ABUSO SEXUAL

En su voto, Saldaño explica que “la determinación de la materialidad ilícita objeto de juzgamiento y la autoría responsable del acusado, Ramón Elpidio Guaraz, ha encontrado suficiente y racional sustento en la valoración armónica y conjunta del material convictivo, que fue relevado por el tribunal sentenciante sin que, en dicha operación, se verifique la presencia de vicio o defecto alguno que importe una vulneración de las reglas de la sana crítica racional, ni su presencia es demostrada a través de los argumentos vertidos en el recurso que es objeto de análisis”. “Los cuestionamientos esgrimidos devienen insuficientes a los fines de la pretendida modificación de la sentencia, en tanto el recurrente no logra demostrar el error que predica de la valoración probatoria que sustenta la decisión que impugna”, dice.
